DONO FE I CERTIFICO: Que en el recurs núm. 550/07 d'aquest Jutjat s'ha dictat resolució que és del tenor literal següent:
JUZGADO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚMERO DOS DE GIRONA
Procedimiento ordinario número 550/07
Demandante: Antonio Gisbert Ibern y Artur Viñas Molero
Procuradora: Edurne Diaz Tarragó
Letrado: Joan Rovira
Demandado: Ayuntamiento de Vidreres
Representante: Letrado de Servicio Jurídico de la Diputación de Girona
AUTO
Magistrado Juez Isabel Hernández Pascual
Girona, 4 de julio de 2008
HECHOS
ÚNICO.- La respresentación de Antonio Gisbert Ibern y Artur Viñas Molero interpuso recurso contencioso-administrativo contra el decreto del alcalde de Vidreres, de 10 de octubre de 2006, en el que se desestimó el recurdo de alzada de los recurrentes interpuesto contra los acuerdos de la Asamblea General de la entidad urbanística de conservación de la ur banización de Aiguaviva Parc, celebrada el 16 de julio de 2006.
Por otrosí, en el escrito de demanda se solicitó la suspensión cautelar de los acuerdos adoptados en esta asamblea de 16 de julio de 2006.
La administración demandada no se ha opuesto a la medida cautelar.
RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
ÚNICO.- Los demandantes solicitan la suspensión cautelar de los acuerdos de la asamblea general de la entidad urbanística de conservación de la urbanización de Aiguaviva Parc de 16 de julio de 2006, en la que fueron elegidos los miembros del Consejo Rector de la entidad urbanÍstica, y en la que se autorizó la venta o transmisión gratuita, si fuera el caso, de la parcela Z- uno de la Urbanización Aiguaviva Parc, de la titularidad de la entidad de la consevación, facultando al Consejo Rector para que procediera a la venta o transmisón gratuita.
Sin embargo,el acuerdo que autoriza la venta o transmisión gratuita de una parcela puede causar perjuicios irreparables a la entidad de conservación si la transmisón se hace un tercero de buena fe que inscribe en el Registro de la Propiedad, por lo que a fin de evitar , por lo que al fin de evitar la irreversibilidad del perjuicio que pueda causarse a la entidad en liquidación por la transmisión gratuita de la parcela, en contra de la finalidad de la liquidación que es el pago de las deudas con lo que se obtenga de la venta o liquidación de activos, procede a acceder a lo solicitado y suspender cautelarmente el acuerdo por el que se autoriza la venta o transmisión gratuita de la parcela Z-uno de la entidad de conservación
PARTE DISPOSITIVA
En atención a todo lo expuesto, ACUERDO:
La suspensión cautelar del acuerdo de la asambleageneral de la Entidad Urbanística de conservación de la Urbanización Aiguaviva Parc de Vidreres, de 16 de julio de 2006, en lo que respecta a la autorización de la venta o tranmisión gratuita de parcela Z-uno de la Urbanización Aiguaviva Parc, denegado la suspensión cautelar del acuerdo de elección de miembros del Consejo Rector.
Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos de su razón.
Comuníquese esta resolución al alcalde de Vidreres y al presidente de la Junta Consejo Rector de la Urbanización de Aiguaviva Parc de Vidreres, Manuel Valdivieso Chacón le envíen por fax urgente y por correo ordinario, a fin de que procedan a dar inmediato cumplimiento a lo ordenado en esta resolución.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de quince días a contar desde el siguiente al de su notificación.
Así lo mando y lo firmo. Doy fe.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple, doy fe.